Por regla general, el Ministerio Público puede no devolver algún vehículo asegurado durante una investigación, cuando existen diligencias pendientes por realizar en el mismo. ¿Pero qué ocurre cuando ya no hay diligencias pendientes y existe negativa a la devolución? Una de las vías idóneas para poder recuperar un vehículo en esas circunstancias es interponiendo el respectivo amparo indirecto contra esa negativa, solicitando la suspensión del acto reclamado con el efecto de restituir el automotor a favor del quejoso. En la resolución que te comparto, el Pleno del Primer Circuito, resolvió una contradicción de tesis entre dos criterios que pugnaron sobre el tema de la devolución de vehículos asegurados, como efecto de la suspensión del acto reclamado. Por un lado, un Tribunal consideraba que el efecto de esa suspensión es dejar las cosas en el estado en que se encuentran (sin hacer restitución del vehículo), en tanto diverso Tribunal, esti...
Julio Canul De la Cruz
Temas de Justicia Penal.